Que teniendo en cuenta que se comprobó una amplia adhesión por parte de los empleadores respecto del Capítulo I del Título II, corresponde prorrogar el plazo vigente a fin de posibilitar un mayor acceso a los beneficios, con el consecuente aumento de la regularización de trabajadores, como fin primordial buscado por la ley en este título.Que en consecuencia resulta necesario prorrogar la vigencia de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Nº 26.476, desde el 1º de agosto de 2009 por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/155000-159999/156091/norma.htm
NUEVO VENCIMIENTO: 31/01/2010
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